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Aprovecha las Ventajas de Uruguay para tu Empresa de Software, Trading y Holding 

Uruguay ofrece un entorno favorable para empresas de software, trading y holding, proporcionando múltiples beneficios y ventajas fiscales.

· Facilidades Administrativas: Entorno administrativo favorable con una estructura legal clara y segura. 

·Seguridad Jurídica y Transparencia: Estabilidad política y económica con compromiso con la transparencia legal y fiscal. 

· Acceso a Mercados Internacionales: Posibilidad de acceder a diversos mercados internacionales. 

·Logística: Puertos y zonas francas modernas que facilitan el comercio internacional. 

·Tratados Internacionales: Red de tratados de libre comercio y acuerdos de doble imposición. 

·Infraestructura y Conectividad: Excelente conectividad y ubicación estratégica en América del Sur. 

Software: 

· Impuesto al Patrimonio (IP): Se grava a las personas jurídicas con un 1.5% sobre el patrimonio neto fiscal en Uruguay. 

· Impuesto al Valor Agregado (IVA):  La prestación de servicios de desarrollo de software desde territorio nacional al exterior se considera exportación de servicios, por lo tanto, esta actividad está exonerada del pago de IVA. Del mismo modo, se considera exportación cuando dichos servicios son prestados desde territorio nacional no franco a personas físicas o jurídicas instaladas en zonas francas.

·Propiedad Intelectual: Exoneración del proporcional del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) basada en un cociente calculado con los gastos y costos directos del desarrollo. 

·Desarrollo de Software y Servicios Vinculados: Exoneración total del IRAE si los gastos directos en Uruguay superan el 50% de los gastos totales y se emplean recursos humanos locales. 

·Requisitos Formales: Presentar una Declaración Jurada a la DGI con detalles específicos sobre activos, gastos, ingresos exonerados y cumplimiento de condiciones de no vinculación con prestadores de servicios no residentes. 

Trading: 

· Exención de Impuesto a la Renta: Las rentas obtenidas por actividades de trading, cuando los bienes o servicios se comercializan fuera de Uruguay, están gravadas a una tasa efectiva preferencial menor al 1% del resultado de la operativa.

· Exención de IVA: Las operaciones de trading que cumplen con los requisitos del régimen están exentas del IVA. 

Sociedades Holding: 

· Beneficios Fiscales Atractivos: Exoneración de impuestos sobre dividendos y ganancias de capital provenientes del extranjero, siempre que se cumplan los requisitos de sustancia recientemente exigidos.

·Flexibilidad Corporativa: Estructura corporativa flexible y adaptada a necesidades específicas. 

· Reputación Internacional: Reconocimiento por transparencia y cumplimiento de normas internacionales. 

·Apoyo Gubernamental: Incentivos y facilidades para la instalación de empresas holding en Uruguay. 

En conclusión, Uruguay ofrece un entorno fiscal favorable para empresas de software, trading y holding, con múltiples exoneraciones y beneficios. En Investa Trust, estamos para ayudarte a maximizar el potencial de tu negocio.  Contáctanos hoy mismo para más información y asesoramiento personalizado. 

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Arbitraje en Suiza entre los mejores del mundo

Arbitraje en Suiza entre los mejores del mundo

 

 


Una de las razones por las cuales la ley suiza es una de las más utilizadas es por su neutralidad, fácil accesibilidad y su enfoque abierto hacia los negocios que se refleja en la gran autonomía que gozan las partes.


 

 

El reporte de la Cámara Internacional de Comercio (ICC por sus siglas en inglés) publicado el año pasado, posicionó a Suiza como la segunda jurisdicción más escogida para arbitrajes de acuerdo a las reglas del ICC en 2017, con un número total de 87 casos, situándose delante de Londres, New York y Singapur. El primer puesto lo ocupa Paris, en donde se decidieron 121 casos.

Adicionalmente, el reporte establece que la ley civil suiza es la cuarta ley más utilizada en las cláusulas de derecho aplicable en contractos que disponen el arbitraje conforme a las reglas del ICC como medio de resolución de disputas. Le siguen la ley de Reino Unido, la de los Estados Unidos y la de Francia.

Una de las razones por las cuales la ley suiza es una de las más utilizadas es por su neutralidad, fácil accesibilidad y su enfoque abierto hacia los negocios que se refleja en la gran autonomía que gozan las partes. También la ley Suiza rige una gran variedad de contratos internacionales en distintos sectores, como por ejemplo fusiones y adquisiciones (M&A por sus siglas en inglés), proyectos de ingeniería, y contratos en materia energética.

Por otro lado, el reporte también hace mención al hecho de que los árbitros suizos se encuentran entre los tres más designados, poniendo en evidencia la calidad de su preparación y de su experiencia.

Conforme a los resultados de este reporte, se observa el prestigio que posee Suiza en términos legales y estructurales para la resolución de disputas mediante arbitraje internacional.

 

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