Registro de Beneficiarios Finales en Hong Kong
En caso de que se presente información falsa, incompleta o no se cumpla con la obligación de registrar los beneficiarios finales, se establecen sanciones como multas y prisión.
El 01 de marzo entró en vigencia el Registro de Beneficiarios Finales en Hong Kong. La creación de dicho registro se debe a la modificación del Capítulo 622 de la CompaniesOrdinance con la finalidad de cumplir con las obligaciones del Grupo de Acción Financiera (GAFI) relacionadas con la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Las cuestiones más relevantes de dicho registro son:
¿Quién se considera Beneficiario Final (UBO)?
Se entiende por beneficiario final a aquella persona natural o jurídica que directa o indirectamente posee el 25% o más de las acciones de la sociedad, que posea 25% o más de los derechos de voto de la sociedad, o que posea el derecho a remover o nombrar a la mayoría de los miembros de la Junta Directiva de la sociedad.
¿Quiénes están obligados a registrar a sus Beneficiarios Finales?
Están obligadas a cumplir con lo establecido en la enmienda de la ley las sociedades de responsabilidad limitada por acciones, las sociedades de responsabilidad limitada por garantías y las sociedades de responsabilidad ilimitada. Las sociedades que cotizan en la bolsa de Hong Kong se encuentran fuera del alcance de esta ley debido a que su regulación se encuentra en el Capítulo 571 de la Securities and FuturesOrdinance.
A fines de dar cumplimiento con este registro, las sociedades deben nombrar a un representante para que sea el contacto entre el organismo competente y la sociedad en relación al Registro de Beneficiarios Finales. El representante puede ser un accionista, director o empleado de la sociedad residente en Hong Kong o un contador público, un abogado o el agente registrado o proveedor licenciado en Hong Kong para prestar servicios fiduciarios y corporativos.
¿Qué se registra?
Se debe registrar toda la información necesaria para identificar al Beneficiario Final. La información debe ser confirmada por el beneficiario antes de ser registrada; una vez recibida la confirmación, la sociedad tiene un plazo de 7 días para realizar el registro.
En caso de modificaciones a la información, la misma debe ser registrada 7 días después de recibida la confirmación del beneficiario.
La información debe permanecer registrada y respaldada por un período de 6 años luego de que la persona haya cesado en su posición de beneficiario final de la sociedad.
En caso de que se presente información falsa, incompleta o no se cumpla con la obligación de registrar los beneficiarios finales, se establecen sanciones como multas y prisión.
¿Quiénes pueden acceder al registro?
El acceso a la información del registro es público, sin embargo está limitada a los organismos competentes previo requerimiento.